INICIO NOTICIAS CONSULADO BILATERALES SOBRE JAPÓN CULTURA
LINKS HABLEMOS CONTACTENOS ACTUALIDAD �@ �@

�@

Consulado

Visa

Pasaporte

Inmigración

Informaciòn Biomètrica 

  

IMMIGRACIÔN

2008.01.01

Líneas Generales del Nuevo Procedimiento de Inmigración: Requisitos para el Suministro de Información Personal

octubre de 2007
Dirección General de Inmigración
Ministerio de Justicia

1.- Marco general

    El 24 de mayo de 2006, se promulgó una nueva ley que enmienda parte de la Ley de Control de la Inmigración y Reconocimiento del Estatus de Refugiado, esta Ley entrará en vigor a partir del día 20 de noviembre de 2007.

    La ley enmendada contiene nuevas normas de cara a la creación de un marco de medidas preventivas contra atentados terroristas. Como parte de este marco, se pondrá en marcha una nueva medida antiterrorista que implica la entrega de información de identificación personal en los puntos de control de inmigración.

    Bajo los nuevos procedimientos en materia de inmigración, cuando un extranjero solicite entrar en el país, se les tomarán fotografías faciales y las huellas dactilares tras lo cual, un funcionario de control de inmigración procederá a interrogarle.

    En el caso de que un extranjero, al que se requiera, en virtud de la nueva ley, serle tomadas sus huellas dactilares y ser fotografiado, se negara a cumplir con las nuevas estipulaciones, se le denegará el permiso para entrar en Japón y se le obligará a salir del país.

2.- Personas afectadas

    Cualquier extranjero que entre a Japón estará sujeto a la nueva normativa salvo las siguientes personas:

(1) Residentes permanentes especiales

(2) Menores de 16 años

(3) Personas que entren dentro del estatus de residencia �gDiplomático�h u �gOficial�h

(4) Aquellas personas que hayan sido invitadas por el jefe de cualquier organismo publico administrativo.

(5) Aquellas personas que hayan sido calificadas por el Ministerio de Justicia como equiparables a las de las categorías (3) o (4).

3.- Nuevos Procedimientos de Inmigración

    A los solicitantes se les pedirá seguir los siguientes procedimientos:

           

(1) La persona que desee entrar en Japón deberá entregar su pasaporte a los funcionarios de control de inmigración.

(2) Una vez que el funcionario de control de inmigración haya explicado los procedimientos que han de seguirse, a la persona que desee entrar en Japón se le rogará que sitúe sus dos dedos índice en un lector digital de huellas dactilares. La información sobre las huellas dactilares será leída y almacenada de forma electromagnética.

(3) Al mismo tiempo, se tomará una fotografía facial usando la cámara que se encuentra encima del lector digital de huellas dactilares.

(4) El funcionario de control de inmigración le hará igualmente una pequeña entrevista.

(5) Una vez completados los procedimientos arriba indicados, el�@funcionario de control de inmigración devolverá el pasaporte a la persona que desea entrar en Japón.
�@

      

             

�@

 P&R

¿Por qué va a dar comienzo el nuevo sistema de control de inmigración?  Dando respuesta a sus preguntas acerca de los nuevos procedimientos de inmigración.

P. ¿Por qué me tienen que tomar las huellas digitales y una fotografía en los puntos de control de inmigración?
R. A través de la recopilación de esta información personal, como huellas dactilares y fotografías, de los visitantes a Japón, seremos capaces de identificar a aquellas personas que puedan representar un riesgo a la seguridad, como por ejemplo terroristas o personas que viajen con pasaportes que no son los suyos. Esto nos ayudará a evitar ataques terroristas.

    

P. ¿Qué sucede si no puedo suministrar las huellas dactilares de mi dedo índice?

R. Si no puede suministrar una huella dactilar de su dedo índice porque, por ejemplo, ha perdido ese dedo de su mano, entonces se le requerirá que suministre la huella dactilar de otro dedo de acuerdo con una circular del Ministerio de Justicia. Por favor, informe al funcionario de control de inmigración de cualquiera de esas dificultades.

             

P. ¿Qué sucederá si no suministro huellas dactilares o una fotografía facial?
R. El funcionario de control de inmigración analizará su caso atentamente para determinar si usted entra dentro de alguna de las categorías exentas. Si, aunque se haya determinado que usted no se encuentra dentro de ninguna de las categorías exentas, usted rechaza suministrar información de identificación personal, se le denegará la entrada en Japón y se le ordenará su salida.

             

P. ¿Cómo se va a almacenar y proteger la información personal que suministro en los controles de inmigración?
R. La información de identificación personal que usted nos suministra (huellas dactilares y fotografías) constituyen datos personales relevantes. Como tales: los almacenaremos de forma adecuada según lo establecido en la ley básica de protección de datos personales, la Ley de Protección de Información Personal Retenida por Instituciones Administrativas. Se pondrán en marcha todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de sus datos.

   

�@

Para más información, por favor contacte con el siguiente departamento:

Departamento de Asuntos Generales, Dirección General de Inmigración, Ministerio de Justicia

1-1-1    Kasumigaseki, Chiyoda-ku, Tokyo, 100-8977

Tel: +81 (0)3-3580-4111

URL: http://www.moj.go.jp/

�@

  

�@

Derecho de Autor(C): 2012 Embassy of Japan in Venezuela

Asuntos Legales/Sobre la Accesibilidad/Claùsula de Privacidad