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INFORMACIÔN BIOMÊTRICA

2007.04.27

Introducción del nuevo proceso del trámite de entrada al Japón, por medio de la información de la identificación privada (Información Biométrica)

1.- Resumen

    En el mes de Mayo del 2006, el Gobierno del Japón, promulgó un Decreto sobre la Reforma de la Ley de Inmigración, que tiene como objetivo principal prevenir el terrorismo. El Departamento de Inmigración del Ministerio de Justicia del Japón, introducirá a partir del mes de Noviembre del presente año, el nuevo proceso del trámite de entrada, por medio de la información de la identificación privada (Información Biométrica), como lo requiere la nueva Reforma de la Ley.

    Con el nuevo sistema, todo extranjero que desee ingresar al Japón, deberá realizar la respectiva entrevista con el Oficial de Inmigración y adicionalmente por medio de un equipo especial se tomará fotografía y la huella digital. Dicho sistema se asemeja con el US-VISIT introducido por los Estados Unidos en Enero del 2004, sin embargo, el nuevo sistema del Japón difiere al de los Estados Unidos en que no se solicitará información biométrica a la hora de solicitar la visa con métodos electromagnéticos.

    El extranjero que no esté en la lista de excepción que se encuentra más adelante, y se niegue a suministrar la fotografía y la huella digital, no se le permitirá la entrada y lo podrán deportar del Japón.

    El Departamento de Inmigración, comparará la información biométrica que le ha sido suministrada con la lista de las personas de extremo cuidado (watch list). La comparación se realizará principalmente con las huellas digitales, y se espera realizar dicho proceso lo más rápido posible para no retrasar el trámite de entrada al Japón.

    Con la introducción de este nuevo sistema, se espera que Japón se convierta en un país confiable y seguro tanto para los japoneses y extranjeros que reside en Japón como también a los visitantes que visitan Japón.

2.- Personas que aplican:

    Este nuevo sistema se aplicará a todo extranjero que desee ingresar al Japón, inclusive el extranjero que reside en Japón y desee ingresar nuevamente al Japón (excepto aquellas personas que se indican mas adelante).

(Excepción):

    Las siguientes personas no necesitan realizar la toma de la fotografía y la huella digital:

  1. Residentes Permanentes especiales.

  2. Personas de 16 años de edad o menores.

  3. Personas a las que le sean reconocidas el estatus de �gDiplomático�h y �gOficial�h.

  4. Personas que son invitadas por el Ministro o el Jefe de una Organización Administrativa japonesa.

    

  

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